La Anmat prohibió una marca de agua: ¿cuál es?
El producto no cumplía con la normativa alimentaria vigente al carecer de RNE y RNPA.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización de una marca de agua que era elaborada bajo condiciones desconocidas.
Esta medida fue notificada en la disposición 9364/2022 publicada en el Boletín Oficial. El documento explica que la investigación surgió a raíz de una alerta de la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (Assai) que había sido notificada por un consumidor.
La Assai constató que el producto no cumplía con la normativa alimentaria vigente al carecer de RNE y RNPA. Además, el organismo informó que no existen registros asociados a la razón social, la denominación, marca y nombre comercial del producto consultado.
El producto prohibido se puede identificar por su etiqueta que dice: "Agua potable microfiltrada declorada esterilizada por rayos ultravioletas lista para beber, Distribuidora C.A.C., Agua potable y purificada Carlotta Distribuidora de Agua, Cont. Neto 20 litros - Industria Argentina".
Como el producto "no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado", la Anmat decidió prohibirlo: prohibir la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el país.
A partir de esta publicación en el Boletín Oficial, el producto es considerado "ilegal".