Judiciales

Sonríe Patricia Bullrich: revés para la IGJ en un pedido de intervención sobre la asociación civil de la exministra

La justicia rechazó la intervención del instituto de estudios estratégicos en seguridad pedida por el organismo y dispuso el archivo de las actuaciones.

Lourdes Marchese
Lourdes Marchese viernes, 19 de mayo de 2023 · 21:00 hs
Sonríe Patricia Bullrich: revés para la IGJ en un pedido de intervención sobre la asociación civil de la exministra
Foto: ALF PONCE MERCADO / MDZ

La jueza en lo Civil, Alicia Álvarez, rechazó la intervención judicial de la asociación civil de Patricia Bullrich solicitada por la Inspección General de Justicia y dispuso el archivo de las actuaciones una vez firme la resolución.

La IGJ dispuso mediante "Resolución N° 243 del 10 de abril de 2023", encomendar al área de jurídicos para instar la acción judicial de intervención contra la persona jurídica denominada "Instituto de Estudios estratégicos en seguridad asociación civil", requiriendo el desplazamiento de los integrantes de su Comisión Directiva. 

Una vez iniciada la acción, tras varios planteos de recusación y nulidades de la IGJ, y luego de que Patricia Bullrich denunciara una persecución, a la hora de resolver la cuestión, la jueza interviniente sostuvo que la ley 22.315 faculta expresamente a la Inspección General de Justicia a solicitar al Ministerio de Justicia la intervención de las asociaciones civiles si verifica actos graves que importen violación de la ley, el estatuto o el reglamento. Si la medida resulta necesaria en resguardo del interés público, si existen irregularidades no subsanables o si las entidades no pueden cumplir su objeto.

Por dicha razón, eso excluye la posibilidad de que el pedido de intervención sea formulado por vía judicial, ya que indica concretamente que el órgano habilitado para disponerla es el Ministerio de Justicia de la Nación

En la resolución a la que tuvo acceso MDZ, la magistrada hizo una diferenciación con el régimen aplicable a las sociedades comerciales, respecto de las cuales prescribe que la Inspección General de Justicia se encuentra facultada a "solicitar al juez competente en materia comercial las medidas previstas entre las que se encuentra la intervención del ente societario".

Asimismo, advirtió, como adelantamos, que la medida debió ser solicitada al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, tal como expresamente lo prescribe la disposición legal que ha sido el adoptada por el organismo en numerosas oportunidades y "del que no se advierte razón valedera alguna para apartarse en el particular supuesto de autos".

Por último, a la hora de desestimar las medidas cautelares y proceder al archivo de las actuaciones, Álvarez sostuvo que en el caso de que el Ministerio decretase  la intervención de la asociación, "ésta se encontraría habilitada para recurrir la decisión ante la Cámara de Apelaciones del fuero civil, que ejercería así el contralor jurisdiccional del acto".

De este modo se rechazó la prohibición de innovar solicitada ya que si se hiciera por la vía correspondiente como se manifestó y el ministerio decretará una intervención, el interventor designado asumiría su control, y quedaría habilitado para disponer las medidas que estimase pertinentes con relación a los fondos y cuentas bancarias de la asociación intervenida.

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