Coparticipación

Un senador propone una reforma clave en las transferencias a municipios

El legislador del Frente de Todos, Alejandro Bermejo, presentó un proyecto de ley para modificar el régimen de distribución de recursos a las comunas. Busca que el envío de fondos sea inmediato y no cada 15 días como ocurre actualmente.

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MDZ Política viernes, 9 de diciembre de 2022 · 11:00 hs
Un senador propone una reforma clave en las transferencias a municipios
Foto: Maximiliano Ríos/MDZ

El senador provincial del Frente de Todos, Alejandro Bermejo, presentó un proyecto de ley para modificar el régimen que establece la distribución de la coparticipación a los municipios mendocinos. Plantea que la transferencia automática desde la Provincia a las comunas sea inmediata y diaria y no se realice con una periodicidad de 15 días como establee actualmente la legislación.

La iniciativa del exintendente de Maipú tiene por objeto introducir un cambio en el sistema de trasferencias a cada municipio del importe de la masa de fondos a distribuir, que le correspondiera de acuerdo a los términos de la ley N° 6396, la cual prevé el Régimen de Participación de los Municipios, respecto a la distribución primaria como a la secundaria.

La normativa actual determina que la transferencia del monto participable será automática y con una periodicidad quincenal, a excepción de los montos correspondientes por Impuesto Inmobiliario, Automotores y diversas Regalías, los cuales son transferidas mensualmente.

No obstante, Bermejo considera que los fondos son propiedad de los municipios, por lo que es necesario que cuenten con los mismos en forma inmediata desde su percepción y no exista una espera de 15 días.

“Actualmente la transferencia automática de la Provincia a las cuentas de los Municipios, se traduce en la espera de quince días hábiles en el mejor de los casos, espera que en la actualidad no tiene razón de ser si consideramos los avances en la tecnología para realizar las transferencias en cuestión”, argumenta el senador peronista en su proyecto de ley que ya ingresó al Senado.

En concreto, el legislador propone una modificación al artículo 6° de la Ley N° 6396, el cual actualmente plantea que el Ministerio de Economía “transferirá en forma automática a cada municipio el importe de la masa de fondos a distribuir, que le correspondiera de acuerdo a los términos de la presente ley. Dicha transferencia se efectuará con una periodicidad quincenal para los recursos señalados en los incisos a), b) y c) del articulo 1o. y mensualmente para los restantes”.

Lo que busca Bermejo es que el artículo en cuestión quede redactado de la siguiente manera: “El Ministerio de Economía y Energía, trasferirá en forma automática a cada municipio el importe de la masa de fondos a distribuir, que le correspondiera de acuerdo a los términos de la presente ley. Dicha transferencia será diaria para los recursos señalados en el artículo 1°, con excepción del previsto en el inciso F, que será quincenal”.

Es decir que, en caso de modificar el régimen, los únicos recursos que se distribuirían cada 15 días serían los provenientes de regalías petrolíferas, uraníferas e hidroeléctricas y gasíferas y por derechos de asociación en la exploración, desarrollo y explotación de cualquier área de la provincia.

En los considerandos de la iniciativa explica que la Ley N° 6396 determina que la distribución primaria establece que la Provincia participará a los Municipios del 18,8% del producido del Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, Impuestos sobre los Ingresos Brutos, Sellos e Inmobiliario, del 70% de la recaudación del Impuesto sobre los Automotores y del 12% de las regalías petrolíferas, gasíferas y uraníferas.

Asimismo, dicha norma establece expresamente que todo lo recaudado por el Poder Ejecutivo Provincial a través de la Dirección General de Rentas y de cualquier moratoria se incluirá en la masa participable primaria de los municipios.

Por otro lado, la distribución secundaria de la mayor parte de la masa participable, que se establece en la Ley N° 6.396 del año 1996, y se realiza de la siguiente manera: 25% en igual proporción a todos los Municipios.· 65% en proporción directa al total de población de cada municipio.· 10% en función a un Coeficiente de Equilibrio de Desarrollo Regional.

El Impuesto a los Automotores se distribuye un 80% en proporción directa a la recaudación anual de cada municipio y el 20% restante de acuerdo a la nueva distribución secundaria.

Por su parte, las regalías son distribuidas en su totalidad de forma directamente proporcional a la producción de cada municipio.

Al mismo tiempo, aclara que existe un Fondo Compensador, que consiste en una suma fija aportada por el Gobierno provincial de la cual se otorga un 96,15% a la Capital y el 3,85% restante al Municipio de La Paz.

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