Chubut

Oil Combustibles: condenaron a un juez que quiso proteger a Cristóbal López

Se trata del magistrado de Comodoro Rivadavia, Gustavo Toquier, quien cometió delitos de prevaricato en favor López y Fabián De Sousa, dueños de la firma Oil Combustibles.

MDZ Política
MDZ Política miércoles, 26 de mayo de 2021 · 15:01 hs
Oil Combustibles: condenaron a un juez que quiso proteger a Cristóbal López

La Justicia de Chubut condenó al juez de Comodoro Rivadavia Gustavo Toquier por cometer delitos en favor de otorgarle protección a los empresarios Cristóbal López y Fabián De Sousa, quienes buscaban manejar el concurso preventivo de la firma petrolera Oil Combustibles.

En el fallo, el magistrado Mariano Nicosia indicó que Toquier cometió delitos de prevaricato estando al frente de un juzgado de Ejecución, por lo cual será multado e inhabilitado de manera absoluta y perpetua para ejercer la función pública.

Según consigna el diario La Nación, Nicosia concluyó que el juez apuntado dictó una resolución que va en contra de la ley y que fue con el objetivo de beneficiar a López y De Sousa. Dicha resolución estaba basada en hechos que Toquier sabía que eran falsos.

Además, retuvo el expediente a pesar de la orden de la Corte Suprema de Justicia de la Nación para que lo remitiera a la provincia de Buenos Aires.

La fiscalía, a cargo de la fiscal general Verona Dagotto, comprobó que Toquier abrió el concurso preventivo de Oil en Comodoro Rivadavia a pesa de saber que el domicilio que los empresarios inscribieron en la Inspección General de Justicia era ficticio, ya que “no se correspondía con la realidad de la actividad económica y comercial de la sociedad, ni la de sus acreedores”.

Dagotto también logró demostrar que Toquier “tampoco consideró la cuasi simultánea inscripción del domicilio en [Comodoro Rivadavia] y la presentación concursal”. El verdadero domicilio de la empresa era en la avenida Córdoba de la Ciudad de Buenos Aires.

“Luego de decretar la apertura del concurso preventivo, sobre la base de un hecho falso, consistente en el referido domicilio ficticio, el juez Toquier decidió continuar con el proceso, no obstante haber tomado conocimiento directo y fehaciente de hechos nuevos que demostraban que la concursada había falseado su domicilio para propiciar una competencia inexistente”, agregó el Ministerio Público Fiscal.

Fuente: La Nación.

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