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Oficial: este es el decreto con las nuevas habilitaciones para Mendoza

El Gobierno confirmó los anuncios realizados ayer por el jefe de Estado provincial, Rodolfo Suarez.

MDZ Política
MDZ Política martes, 10 de noviembre de 2020 · 19:16 hs
Oficial: este es el decreto con las nuevas habilitaciones para Mendoza
Foto: Prensa Gobernación

El gobierno de Mendoza dio a conocer el decreto con los anuncios realizados ayer por Rodolfo Suarez. El mismo será publicado esta medianoche en el Boletín Oficial, por lo que las medidas comenzarán a regir a partir de mañana.

Entre las medidas principales se destaca el regreso de las reuniones familiares los días sábados, domingos y feriados, como también la eliminación del sistema de salidas regido por la terminación del DNI.

Además, se oficializará la habilitación del fútbol cinco, del turf (sin público), de los casinos (excepto para mayores de 65 años) y la vuelta voluntaria a clases presenciales.

También se extenderá el horario para el funcionamiento de los restaurantes, ya que el estado de "alerta sanitaria" regirá entre la 1 y las 5.30 de la madrugada.

Respecto de las clases, se "autoriza el apoyo escolar presencial y voluntario para alumnos de nivel primario y secundario con trayectorias educativas débiles, como así también las prácticas profesionalizantes voluntarias para alumnos de sexto año de escuelas técnicas y alumnos de nivel superior".

En cuanto a las ceremonias religiosas, podrán realizarse con una concurrencia máxima de 30 personas o hasta el 50% de la capacidad.

Por otra parte, se dispone la autorización para las siguientes actividades, con los protocolos correspondientes:

  • La realización de actos de colación de grado para alumnos que finalizan el ciclo educativo.
  • El funcionamiento de las Instituciones de Atención Temprana y/o Jardines Maternales públicos y Privados, de carácter educativo, alcanzados por la Ley Nº 9201.
  • La práctica de deportes en canchas públicas o privadas, sin presencia de público.
  • Las salas de juegos públicas y privadas.
  • Las escuelas de verano.
  • Las temporadas de pileta en clubes y/o instituciones públicas o privadas.
  • Salas culturales y teatros hasta el cincuenta por ciento (50%) de su capacidad.
  • Salas de juegos infantiles y de entretenimiento familiar hasta el cincuenta por ciento (50%) de su capacidad. 
  • En ningún caso se permitirá la celebración de cumpleaños ni fiestas de ningún tipo.
  • Salas velatorias hasta el cincuenta por ciento (50%) de su capacidad.
  • Centros de Rehabilitación.

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