Detenida y luego liberada

Caso Lucas González: rechazaron el pedido de nulidad presentado por la defensa de la policía Teresa Scorza

Su defensa había atacado las ruedas de reconocimiento fotográficas practicadas por el fiscal Leonel Gómez Barbella.

Lourdes Marchese
Lourdes Marchese domingo, 14 de agosto de 2022 · 12:08 hs
Caso Lucas González: rechazaron el pedido de nulidad presentado por la defensa de la policía Teresa Scorza
Foto: Télam

En el marco de la causa por el asesinato de Lucas González, ocurrido el 17 de noviembre de 2021, la jueza Paula González rechazó el planteo de nulidad presentado por el doctor Hernán Pablo Vega, defensor de la oficial de policía Teresa Scorza, en relación a los reconocimientos fotográficos practicados por la fiscalía en julio pasado. 

Como consecuencia de este acto procesal, el fiscal Leonel Gómez Barbella reiteró el pedido de detención con fines de indagatoria, lo que se concretó el pasado 18 de julio hasta que la jueza decretó la falta de mérito e inmediata libertad de la oficial el 3 de agosto.

En dicha rueda de reconocimiento fotográfica, Joaquín Zuñiga Gómez, uno de los amigos de Lucas González, señaló a Scorza y dijo que esa oficial le tomó el dedo por la espalda cuando se encontraba esposado y boca abajo en el suelo para colocarlo en su teléfono y obtener el paradero de Niven Huanca Guernica.

Además, según el joven, esa oficial le preguntaba "dónde tenía la droga" y le decía que "era un chorro" y que a su amigo Lucas "le tiraron porque hizo las cosas mal".

El letrado había postulado la nulidad de los reconocimientos alegando que hubo un error en la notificación y por ende no pudo participar de la rueda. En su planteo afirmó que además de no haber podido participar, no tuvo oportunidad de controlar el álbum exhibido o proponer otras fotografías, oír el modo en que se formuló el cuestionario o verificar la identidad de quienes asistieron, afectando los derechos de defensa en juicio.

Ante ello, el fiscal Leonel Gómez Barbella se opuso y dijo que debían diferenciarse los medios de investigación de los de prueba. “Los primeros buscan comprobar los hechos e identificar a los responsables, y los segundos son los únicos que cuentan con capacidad como para desvirtuar la presunción de inocencia”. 

El representante del Ministerio Público Fiscal reconoció que las diligencias cuestionadas no resultaron determinantes, “pues al decretarse la falta de mérito para procesar o sobreseer a Teresa María Luján Scorza el juzgado señaló que el testigo no había sido tan categórico como lo intentó demostrar la acusación”.

Además, Gómez Barbella para solicitar el rechazo al planteo sostuvo que la nota actuarial de la Fiscalía -fechada el 8 de julio, es decir, luego de concretados los reconocimientos- “demostraba que se le dirigió la notificación a la cuenta vinculada en el sistema". También señaló que el decreto en el que ordenó el reconocimiento fue presentado el 5 de julio pasado y cargado en el sistema Lex100 el mismo día. Y mencionó, para finalizar, que el primer proveído vinculado a la medida "se dispuso el 23 de mayo pasado y la defensa tuvo acceso al mismo”.

La magistrada Paula González a la hora de rechazar el pedido de la defensa de Scorza aclaró que, si bien la defensa no fue notificada de la diligencia ordenada por la Fiscalía el 4 de julio pasado, la cuestión a dirimir fue si la imposibilidad del defensor en comparecer a los actos pudo causar alguna afectación concreta al derecho de defensa.

En este contexto, sostuvo que “más allá del agravio invocado lo cierto es que la parte introdujo una queja general. Me explico: no formuló objeciones de los álbumes ni explicó cuál sería el interés en que se declarara la pretendida nulidad".

"Recuérdese que el medio empleado por la vindicta intentó dar a conocer la identidad de alguna persona, y de allí que se tratara de una diligencia de neto corte investigativo tendiente a encauzar u orientar la pesquisa”, agregaron.

Esto quiere decir, afirmó la jueza González, que las tareas encaradas por el fiscal sin intervención judicial no se trataron de estrictas medidas de prueba ni se asemejaron a un reconocimiento en fila de personas propiamente dicho. “Se trató, en este sentido, de la producción de indicios introductorios e informativos recogidos en declaraciones testimoniales que parecen celebradas de manera apropiada y que solo alcanzaron para decretar la falta de mérito para procesar o sobreseer a la imputada”.

Por último, refirió que las diligencias realizadas por la Fiscalía fueron grabadas y cargadas al sistema “Lex100”, lo que “habilita a los interesados a reexaminarlas y formular las apreciaciones que estimaren pertinentes, más que nada sobre la fuerza convictiva que dimana de ellas, aunque no sea este el ámbito adecuado para la tarea frente al acotado margen que ofrece la incidencia”.

Recordemos que si bien ya se elevaron las actuaciones principales a juicio oral con 14 imputados entre ellos los 3 acusados del homicidio y el resto por encubrimiento y otros delitos como falsedad ideológica y vejaciones el pasado 26 de mayo, la causa continúa su curso en busca de otras responsabilidades. 

Resta que la Cámara resuelva sobre la falta de mérito de Scorza, ya que la Fiscalía y la querella apelaron y solicitaron se revoque la misma.

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