Resolución

Los fondos comunes de inversión deberán informar qué parte de sus inversiones están exentas de Bienes Personales

La Resolución General 917 establece los requisitos para que los FCI gocen de las exenciones previstas en la ley 27.638.

Inversor Global
Inversor Global miércoles, 26 de enero de 2022 · 18:42 hs
Los fondos comunes de inversión deberán informar qué parte de sus inversiones están exentas de Bienes Personales
Foto: AFIP

Un Fondo Común de Inversión (FCI) es un patrimonio que está compuesto de uno o varios activos adquiridos de forma conjunta por una sociedad administradora.

Actualmente, dentro de la cartera de numerosos FCI, hay activos que están exentos del Impuesto a los Bienes Personales. Ahora, según la Comisión Nacional de Valores (CNV), las sociedades gerente deberán informar previamente si los fondos que administran cumplen o no con los requisitos para considerarse exentos.

¿Cuáles son los requisitos para estar exentos?

Para que un Fondo Común de Inversión esté exento de Bienes Personales debe cumplir con los siguientes apartados:

  • Tener como mínimo un 75% del total de las inversiones en una misma clase de depósitos o bienes.
  • No se puede modificar la composición del 75% durante un período continuo o discontinuo de al menos 30 días en un año calendario.
  • Los depósitos o bienes exentos de pagar el impuesto son títulos, bonos y demás títulos valores emitidos por la Nación, las Provincias, las Municipalidades y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los certificados de depósitos reprogramados (CEDROS). También los depósitos en moneda argentina y extranjera efectuados en bancos locales.

Por otra parte, desde este año, las sociedades gerente de Fondos Comunes de Inversión, ya sean abiertos o cerrados, cuyos patrimonios sean integrados exclusivamente por los mismos activos de un FCI abierto, deberán cumplir con lo siguiente:

  • Informar en su página web, al cierre de las operaciones del día, si el Fondo cumple o no con la condición de que configura la existencia de un activo subyacente principal.
  • Detallar la cantidad acumulada de días en las que el fondo no cumpla con dicha condición.
  • Informar explícitamente con una leyenda que indique que la tenencia de cuotapartes de dicho Fondo no se encuentra exenta del Impuesto sobre los Bienes Personales, cuando supere la cantidad de 30 días en el año con una composición que no supere el 75% indicado.

En cuanto a Ganancias, los FCI de oferta pública están exentos, mientras que los privados no colocados en oferta pública tributan un 15%.

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