Personas con discapacidad

Duro revés contra el Ministerio de Transporte por el funcionamiento de la tarjeta SUBE

Un fiscal ordenó que se modificara el sistema de la tarjeta SUBE para discapacitados y el Ministerio de Transporte lo apeló. Desde la fiscalía marcan que el Gobierno no está trabajando para mejorar el servicio.

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MDZ Sociedad jueves, 1 de diciembre de 2022 · 19:55 hs
Duro revés contra el Ministerio de Transporte por el funcionamiento de la tarjeta SUBE
Bajo esta nueva medida, las personas con discapacidad podrán quedar en igualdad de condiciones que cualquier usuario Foto: Archivo MDZ

La Fiscalía en los Civil y Comercial y Contencioso Administrativo Federal N°8, que conduce Miguel Ángel Gilligan, ordenó que el Ministerio de Transporte incluya a todas las personas que tuvieran alguna discapacidad dentro del Sistema Único de Boleto Electrónico (SUBE). El dictamen se originó por una acción de amparo colectiva que fue presentada por una persona con discapacidad contra el Estado Nacional, argumentada por "la omisión estatal lesionaba los derechos de igualdad, no discriminación, autonomía, seguridad y reconocimiento de trato digno".

El dictamen del fiscal Gilligan tiene por objetivo que todas las personas con discapacidad "puedan utilizar los servicios públicos de transporte y tener un seguro de viaje, sin impedimento alguno". Según informó el Ministerio Público Fiscal, el amparo fue presentado por un hombre ante el Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°5. En esa instancia se consideró que la falta de una tarjeta SUBE afectaba la autonomía de la persona con discapacidad para acceder al transporte público.

La SUBE es utilizada en las grandes urbes de la Argentina y las diferencias entre distritos son la explicación del Ministerio de Transporte.

De la misma manera, se destacó que, ante determinadas ocasiones, los afectados se verían impedidos de poder desplazarse por no contar con un acompañante. Otro aspecto remarcado por la falta de SUBE, es que los damnificados no tienen registro de los viajes realizados, requisito para poder acreditarlos a los fines de un seguro de transporte. El sujeto que presentara el amparo, justificó que esto atentaba contra los derechos de igualdad, no discriminación, autonomía, seguridad y reconocimiento de un trato digno.

Por esto, se requirió la adecuación del SUBE, para que así todas las personas con discapacidad certificada puedan acceder a sus derechos y tengan un seguro de viaje asegurado, como lo prevé la Ley 22.431 de Discapacidad.

El Ministerio de Transporte de la Nación rechazó el amparo, porque según sus estimaciones no habían sido agotadas las vías administrativas. Asimismo, consideró que era una “discrecionalidad técnica no justiciable de suma complejidad”, porque implicaba un trabajo conjunto de municipios y provincias para conformar un sistema unificado en todo el territorio nacional.

Miguel Ángel Gilligan opinó que la acción de amparo merecía que se le haga lugar y se ordenara al Ministerio de Transporte que se adopten las medidas necesarias para garantizar la inclusión de todas las personas con discapacidad en el marco del SUBE. Al desechar el planteo del demandado, el fiscal consideró que “la obligación de instrumentar acciones positivas en tutela de las personas con discapacidad fue consagrada por el constituyente argentino en el año 1994 en el art. 75, inc. 23, donde se dispone que corresponde al Congreso Nacional ‘legislar y promover medidas de acción positiva que garanticen la igualdad real de oportunidades y de trato, y el pleno goce y ejercicio de los derechos' reconocidos por esta Constitución y por los tratados internacionales vigentes sobre derechos humanos, en particular respecto de los niños, las mujeres, los ancianos y las personas con discapacidad”. Además, señaló que si bien la cartera de Transporte resaltó la complejidad del caso, no informó que se estuviera ocupando del caso o que estuviera planificado iniciar tan complejo trabajo.

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