Concurso

El caso Vicentin: de estafadores y estafados

Mientras la Corte de Santa Fe debe resolver el planteo de avocamiento, el procurador postula su rechazo y los términos del concurso están frenados. Hay acreedores que buscan llevar a la empresa al cramdown para obtener su manejo.

Lourdes Marchese
Lourdes Marchese martes, 4 de octubre de 2022 · 15:56 hs
El caso Vicentin: de estafadores y estafados

Hemos planteado en otra oportunidad que Jorge Barraguirre, procurador ante la Corte de Santa Fe, elaboró un dictamen en el que pidió desestimar el avocamiento solicitado por Commodities SA para que se tomen las medidas que entienda adecuadas para “encauzar el proceso a fin de resguardar los derechos de los acreedores y la conservación de la concursada y sus bienes”. 

Al solicitar el rechazo aseguró que la gravedad institucional no fue demostrada y se refirió a la tarea del juez del concurso de Vicentin SAIC, cuestionado por el acreedor que solicitó la avocación.

Pero para entender esto que pasa ahora y qué dependerá de la decisión que tome el Máximo Tribunal santafesino, es necesario entender cómo se llegó a esta instancia.

La apertura del concurso:

El 5 de marzo de 2020 el juez de Reconquista, Fabián Lorenzini, decretó la apertura del concurso de VICENTIN SAIC, designando una sindicatura plural, dada la complejidad del proceso. A su vez, constituyó un comité provisorio de control, constituido por tres acreedores quirografarios de mayor monto denunciados por el deudor y dos representantes de los trabajadores.

Así también fijó como fecha límite para verificar créditos el día 9 de junio de 2020, y el 8 de julio del mismo año para recibir impugnaciones y observaciones. Luego aquellas fechas fueron prorrogadas.

Fue entonces que el 19 y el 22 de agosto de 2020 los acreedores Olzen SA y Commodities S.A. respectivamente insinuaron sus créditos en el concurso; y fueron admitidos con fecha 13 de enero de 2021. Pero antes de que ello ocurriera, el 20 de agosto de 2020, es decir un día después de presentarse, el abogado Sebastian Farina apoderado de Olzen industria de comercio y zapatos planteó la nulidad de la apertura del concurso.

En ese contexto el apoderado acompañó documentación que daba cuenta que OLZEN INDUSTRIA Y COMERCIO DE ZAPATOS S.A. adquirió su crédito mediante cesión de GARAGRO S.A por el pago de diez mil pesos y el precio que se conviene es el 80% de las sumas o bienes recuperados por la cedida.

Así fue que la empresa dedicada a vender y fabricar zapatos compró un crédito a una cerealera, y buscó hacer que se declare inválida hasta su propia verificación del crédito. Curiosamente Joel Isaías Da Costa, de nacionalidad brasilera, con domicilio en la ciudad de Buenos Aires, le otorga poder especial al letrado para que se presente judicialmente para el recupero del crédito que la empresa “mantiene contra VICENTIN SAIC”. Este mismo nombre aparece como gerente del grupo Vuoassa que en 2018 se presentó en concurso y puso como domicilio el mismo que los abogados de Commodities del Grupo Grassi. Tal vez podríamos hablar de una mera casualidad. 

Lo cierto es que la nulidad presentada contra la apertura del concurso preventivo de VICENTIN SAIC, fue rechazada por quien entendió que además dicha nulidad resultaba cuanto menos contradictoria la actitud del acreedor quien se había presentado a verificar el crédito, y que ahora sostenía la invalidez del acto que le permitió dicha verificación.

Aquella resolución fue apelada por el abogado Farina, quien recusó en duros términos al juez Lorenzini y luego de ello renunció al poder otorgado por Olzen. Pero cuál es la relación entre Olzen y Commodities, ambas que con más o menos crédito para verificar pretenden hacer caer cualquier acuerdo y llevar a la deudora al cramdown. Ambas compartieron abogados que se fueron intercambiando para hacer distintas presentaciones tanto en el concurso como en otros ámbitos de la Justicia.

Fue así que en marco de algunas de esas denuncias penales se dictaron medidas cautelares contra Vicentin frente a la posibilidad de algún desprendimiento patrimonial con objetivos defraudatorios contra los acreedores. Esto también formó parte del planteo ante la Corte.

Sin embargo, cuando existía una propuesta de acuerdo que parecía tener un futuro promisorio y a poco de arribar al día de culminación del periodo de exclusividad se presentó una denuncia penal de desobediencia alegando que la propuesta realizada a los acreedores en el marco del concurso preventivo resultaba violatoria de las medidas cautelares impuestas en las causas en trámite ante la justicia penal de Rosario.

En este punto es válido recordar que respecto de la venta del 33,33% de Renova S.A. en 2022, el procurador Barraguirre afirmó que se observa cierta tensión en el escrito presentado por el peticionante- Commodities-: “Por una parte afirma que la venta se realizó sin autorización judicial y en violación a las cautelares dispuestas y, al mismo tiempo, sostiene que está sujeta a condiciones (por ejemplo, al levantamiento de las cautelares)".

Esto no puede pasarse por alto si se tiene en cuenta que a raíz de la denuncia penal se detuvo al presidente del directorio de la aceitera Vicentin SAIC, Omar Adolfo Scarel, por orden de la Justicia de Santa Fe en el marco de una causa que investiga la venta de acciones. Fue justamente a pedido del representante legal de la firma Olzen industria y comercio de zapatos SA, Gustavo Feldman.

Recordemos que la forma que se usó fue hacer un contrato vinculante con Viterra sujeta a condición- de que se levanten las cautelares- momento en que deberá poner el dinero y con eso se pagaría la cuota 1 y 2. En ese sentido, en su dictamen el procurador sostuvo que de la compulsa de las actuaciones surge que el deudor pretende saldar gran parte de su pasivo concursal a través de la venta de Renova S.A. Ahora bien. En las actuaciones penales el bien ofrecido está cautelado a los fines de ese otro proceso. “Si bien puede haber una propuesta condicional que finalmente se apruebe, otra cosa radicalmente distinta es que la propuesta concordataria quede sometida a la última palabra de un juez no comercial -en este caso penal- ya que ello implicaría la pérdida de la autoridad judicial competente que es la del primero”, remarcó. Es decir pareciera que los acreedores buscarán conseguir a través de la Justicia Penal lo que no logran en la Comercial y con ello hacer caer cualquier acuerdo que se pueda llegar a lograr con las mayorías como en una carrera contrarreloj para evitar la homologación del acuerdo por parte del juez.

Ahora bien con independencia de la conveniencia o no de la propuesta, bien aclaró el procurador en su dictamen presentado ante la Corte que “aún no se ha adoptado decisión respecto a ella y de su legalidad por no encontrarse el caso en el momento procesal oportuno”.

Es decir, el juez aún no avaló ninguna propuesta de acuerdo preventivo puesto que, para ello, deben transcurrir los pasos establecidos en la ley concursal.

Entonces cuál es la razón para rechazar todo. La respuesta es el Cramdown o salvataje previsto en la ley. Es decir alguien se quiere quedar con la empresa. 

Y fue justamente el grupo Grassi el que abiertamente en la en la audiencia pública del 24 de agosto en la cámara de diputados de Santa Fe en la Comisión Especial para el seguimiento del "caso Vicentin" dejó en claro que la solución es la apertura del cramdown, donde pueden aparecer otras propuestas. 

En dicha audiencia el representante de la firma Grassi SA sostuvo que los acreedores insisten en el cramdown "...porque preferimos que lo haga el mercado y que haya puja de precios, no que lo administren aquellos que chocaron la calesita..." lo que no plantea el acreedor es como lograrán conformar esas mayorías necesarias y obtener propuestas superadoras. Va de suyo que llegar a esta instancia, es la última oportunidad para evitar la quiebra, si no se logran acuerdos de mayoría en el concurso.

Veamos entonces: En caso de salvataje la propuesta debe tener un valor patrimonial de 590 millones para los estratégicos. En caso que alguna empresa logre poner ese capital además tendrá que tener en cuenta que se necesitan 500 millones más para los granos. Es decir entrar a un cramdown sabiendo que no se pueden lograr las mayorías sería aletargar todo y terminar en una quiebra. En el mientras tanto durante ese periodo que dura el proceso hay que pagar sueldos ( hoy se saca de los fazones) y con el salvataje se desplaza la administración por lo que podría ponerse en riesgo el funcionamiento de las plantas y por ende los puestos de trabajo. Entonces quien se beneficia con esto? Quién termina siendo el estafador y quién el estafado?

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