El Estado paga el 50% del sueldo

Los puntos claves de "Registradas", el programa para formalizar a empleadas domésticas

Este martes 28 de septiembre el Gobierno oficializó el programa que busca promover el "blanqueo" de empleadas y empleados de casas particulares a través de distintos beneficios. El Estado cubrirá hasta el 50% del sueldo en algunos casos.

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MDZ Política martes, 28 de septiembre de 2021 · 09:00 hs
Los puntos claves de "Registradas", el programa para formalizar a empleadas domésticas
El programa "Registradas" comenzará a funcionar a partir del 1° de octubre.

Este martes 28 de septiembre el Gobierno oficializó el programa "Registradas" que busca promover el la formalidad de empleadas y empleados de casas particulares a través de distintos beneficios. 

El pago durante seis meses por parte del Estado de hasta el 50% de los sueldos de las nuevas contrataciones de trabajadoras de casa particulares es el principal eje del programa, que además contempla un monto máximo del beneficio de $15.000 y apunta a recuperar empleos perdidos durante la pandemia.

El programa es una iniciativa conjunta de los ministerios de las Mujeres, Economía, Trabajo y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

El programa "Registradas" se publicó en el Boletín Oficial de hoy.

Los empleadores podrán inscribir a las nuevas trabajadoras a partir del 1° de octubre y durante tres meses, hasta el 31 de diciembre, cuando concluya la vigencia del programa, en el que el Gobierno espera que se anoten como mínimo 90.000 trabajadoras de casas particulares.

El plan consiste en el aporte de una suma mensual de entre el 30 y el 50% de la remuneración neta mensual que el empleador declara que abonará al trabajador al momento de la inscripción, por un plazo de seis meses.

Para poder ingresar al programa, el empleador deberá percibir ingresos mensuales inferiores al mínimo no imponible de Ganancias, y no podrá despedir al trabajador para inscribirlo como una nueva contratación.

El Estado aportará el 50% de la remuneración neta mensual mínima de la nueva contratación cuando el empleador perciba un ingreso bruto mensual inferior al 70% del mínimo no imponible del impuesto a las Ganancias, porcentaje que actualmente representa la suma de 117.374 pesos.

En tanto, contribuirá con el 30% de la remuneración neta mensual en el caso de que los empleadores tengan un ingreso bruto mensual comprendido entre el 70% y 100% del mínimo no imponible del mismo impuesto.

Cómo ingresar al programa

Para acceder al beneficio, el empleador deberá dar de alta al nuevo trabajador en la AFIP, tras lo cual se creará una cuenta sueldo en el Banco de la Nación donde el Estado transferirá el aporte del salario que corresponda a la declaración efectuada por el empleador, quien, a su vez, depositará allí el porcentaje restante del haber.

Quienes presten servicios en casas particulares, deberán trabajar como mínimo 12 horas semanales y podrán estar inscriptos únicamente con un solo empleador. Tampoco podrán estar inscripto dos veces al programa.

El acceso a esta modalidad no genera incompatibilidad con otros beneficios, asignaciones y programas sociales, con excepción de la pensión no contributiva por invalidez, pensión no contributiva madre de siete hijos y pensión no contributiva por vejez.

En tanto, el empleador estará obligado a mantener el puesto de trabajo los cuatro meses posteriores a la finalización del beneficio, y durante todo el plazo de su percepción será responsable de los aportes, contribuciones y cuota de la ART del trabajador inscripto.

El Gobierno espera que un mínimo de 90.000 trabajadoras del servicio doméstico sean alcanzadas por el plan. 

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