Nuevo decreto

El Gobierno decretó las nuevas medidas sanitarias para todo el territorio nacional hasta el 31 de diciembre

Por medio de un Decreto de Necesidad y Urgencia el Gobierno de Alberto Fernández presentó las medidas sanitarias que regirán en el país hasta el próximo 31 de diciembre.

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MDZ Política viernes, 1 de octubre de 2021 · 00:17 hs
El Gobierno decretó las nuevas medidas sanitarias para todo el territorio nacional hasta el 31 de diciembre
Foto: El Gobierno estableció las nuevas medidas sanitarias por medio de un DNU.

Después de siete extensas páginas de Considerandos, la mitad del documento, el Gobierno presidido por Alberto Fernández dio a conocer un nuevo Decreto de Necesidad y Urgencia, que entra en vigor hoy, 1 de octubre, en el que se presentaron las nuevas medidas sanitarias que regirán hasta el último día del año.

Esas disposiciones comienzan con las denominadas "Medidas preventivas generales", entre las que destacan la permanencia del distanciamiento social, las de la asidua higienización de manos y ambientes así como la prohibición de circular a quienes revistan la condición de “caso confirmado”, “caso sospechoso” o “contacto estrecho” de COVID-19.

Junto con estas Medidas generales el DNU también establece las referidas a las que llama "Actividades de mayor riesgo epidemiológico y sanitario", como las asociadas a los viajes grupales de egresados y egresadas, los viajes grupales de jubilados y jubiladas y las actividades en discotecas, locales bailables o similares que se realicen en espacios cerrados, a los que podrá acceder solo el 50% del aforo total.

Con respecto a los eventos masivos, a los que el Decreto considera aquellos a cuantos concurren más de mil personas, se establece que los que se realicen en espacios cerrados también podrán utilizar, como máximo, solo el 50% de la capacidad autorizada y deberán requerir a las personas que concurran que cuenten con esquema completo de vacunación ocurrido al menos catorce días antes del evento, o al menos una dosis de vacuna más test diagnóstico negativo realizado con una antelación
no mayor a 48 horas.

En relación con los que se realicen en espacios al aire libre igualmente se exige que solo puedan utilizar el 50% del aforo y que los concurrentes mayores de 18 años cuenten, al menos, con una dosis de vacuna aplicada, como mínimo, y con una antelación de 14 días antes del evento.

En cuanto concierne a las actividades económicas, industriales, comerciales, de servicios, turísticas, religiosas, culturales, deportivas, recreativas y sociales el DNU establece que deberán realizarse cumpliendo un protocolo de funcionamiento aprobado por la autoridad sanitaria nacional, provincial o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, según corresponda, que contemple la totalidad de las recomendaciones e instrucciones de la autoridad sanitaria nacional.

Para lo específicamente referido al ámbito laboral el Decreto dispone que los empleadores y las empleadoras habrán de 
garantizar las condiciones de higiene y seguridad establecidas por la autoridad sanitaria para preservar la salud de
los trabajadores y las trabajadoras. También vinculado con el ámbito laboral el documento hace referencia a las dispensas del deber de asistencia al lugar de trabajo.

Por lo que respecta a la modalidad de trabajo en la Administración Pública se establece la prestación de servicios mediante la modalidad presencial para las y los agentes de todas las jurisdicciones, organismos y entidades de la Administración Pública Nacional.

En lo alusivo a los ingresos al país quedan exceptuadas de la prohibición establecida hasta la fecha las personas nacionales o residentes de países limítrofes, siempre que cumplan con las indicaciones, recomendaciones y requisitos sanitarios y migratorios para el ingreso y permanencia en el país establecidos o que se establezcan en el futuro. Además se indica que quedará restablecido, a partir del 1° de noviembre de 2021, el ingreso al territorio nacional de extranjeros no residentes, siempre que cumplan con los requisitos migratorios y sanitarios vigentes o que se establezcan en el futuro.

Por último, el DNU también establece la posibilidad de no usar el barbijo al aire libre pero mantiene la obligatoriedad para los espacios cerrados, una disposición que no ha dejado de generar polémica desde el momento en el que trascendió a los medios de comunicación y que ya ha provocado el rechazo de varios Gobernadores.

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