Gran Mendoza

El artículo del DNU que prohíbe pasar el Día de la Madre en familia

El artículo 17 del decreto firmado por Alberto Fernández aclara que los departamentos en los que rija el Aislamiento, Social, Preventivo y Obligatorio "en ningún caso podrá autorizar la realización de eventos o reuniones sociales o familiares en espacios cerrados o en domicilios".

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MDZ Política lunes, 12 de octubre de 2020 · 11:00 hs
El artículo del DNU que prohíbe pasar el Día de la Madre en familia
Foto: ALF PONCE MERCADO / MDZ

La semana pasada el gobernador Rodolfo Suarez anunció el regreso de las reuniones familiares en la provincia de Mendoza. Este fin de semana estuvieron autorizadas y todo parecía indicar que el domingo que viene los mendocinos podrían celebrar el Día de la Madre en familia. Sin embargo, el DNU firmado por el presidente Alberto Fernández deja claro que ese tipo de encuentros quedan prohibidos en Godoy Cruz, Guaymallén, Las Heras, Maipú, Ciudad, Luján, Tupungato y Tunuyán.

El artículo 17 establece cuales son las prohibiciones que rigen para las localidades que entran en la categoría de Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio. "En ningún caso podrá autorizar la realización de eventos o reuniones sociales o familiares en espacios cerrados o en domicilios particulares", especifica la norma firmada por el jefe del Ejecutivo nacional.

Pero incluso va un paso más allá y aclara que pierden vigencia todas las excepciones que se puedan haber autorizado con anterioridad en las jurisdicciones que están en ASPO. Eso aplicaría, justamente, contra el decreto 1225 de Suarez que habilitaba las reuniones familiares.

"Déjanse sin efecto todas las excepciones otorgadas con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia del presente decreto, que autorizaban la realización de eventos o reuniones sociales o familiares en contradicción con lo establecido en el párrafo anterior", remarca el DNU de Alberto Fernández.

Dudas sobre las reuniones al aire libre

Por otro lado, el artículo 26 del DNU autoriza "la realización de reuniones sociales de hasta 10 personas en espacios públicos al aire libre, siempre que las personas mantengan entre ellas una distancia mínima de dos metros, utilicen tapabocas y se dé estricto cumplimiento a los protocolos de actividades y a las recomendaciones e instrucciones de las autoridades sanitarias".

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