Ganancias

El importante anuncio de Massa que beneficia a medio millón de trabajadores

El ministro de Economía informó que en la primera cuota del aguinaldo, que se paga este mes, los trabajadores que cobren salarios brutos de hasta $880 mil quedarán excentos de pagar del impuesto a las Ganancias.

MDZ Dinero
MDZ Dinero miércoles, 7 de junio de 2023 · 07:08 hs
El importante anuncio de Massa que beneficia a medio millón de trabajadores
Sergio Massa dio una buena noticia para quienes cobran aguinaldo Foto: Prensa Senado Nacional

El ministro de Economía, Sergio Massa, anunció que en la primera cuota del sueldo anual complementario, los salarios brutos de hasta $880.000 quedarán exentos del impuesto a las Ganancias. La medida beneficiará a más de medio millón de trabajadores y trabajadoras de todo el país, informó el Palacio de Hacienda.

El proyecto de decreto que aumenta la exención del inciso z del artículo 26 de la Ley de Impuesto a las Ganancias implica que los aguinaldos estarán exentos de Ganancias si la remuneración mensual del trabajador no supera los $880.000 brutos, lo que equivale a 10 veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.

Se trata de un beneficio extraordinario por única vez para los trabajadores que pagan el impuesto a las Ganancias, con el objetivo de que recompongan el poder adquisitivo y proyectando que esta mejora del salario de bolsillo se traduce en mayor consumo y actividad económica.

La medida beneficia a 513.000 trabajadores y trabajadoras de todo el país que se encuentran sujetos a retenciones de Ganancias y registran salarios brutos mensuales de entre $ 506.230 y $ 880.000. En este sentido, más del 50% de los trabajadores que hoy pagan el impuesto están alcanzados por el beneficio.

La medida dispuesta por Massa implica una mejora de bolsillo promedio por empleado que supera los $110.000 ($112.600), y un incremento sobre el sueldo mensual promedio de bolsillo del 26%. En el caso del aguinaldo, la retención del impuesto se va calculando mes a mes.

Por esto, la medida propone devolver lo retenido para estos salarios en dos cuotas mensuales, iguales y consecutivas, junto con el cobro de las remuneraciones mensuales devengadas en junio y julio. Para ello, los empleadores deberán exponer la devolución en un renglón separado del recibo de sueldo, identificando claramente el beneficio de la medida.

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